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Gestiones tras sufrir un daño cerebral

23 - 02 - 2015

Desde el momento en que se sufre un daño cerebral hay ciertas gestiones sociales que se deben realizar.

Sería conveniente que la persona afectada o sus familiares se pongan en contacto con algún trabajador social especializado en este campo. Las personas que forman parte de las unidades de trabajo social de los Hospitales suelen ser las más adecuadas, aunque probablemente también serán asesorados desde los departamentos de trabajo social de los centros de salud o de los Ayuntamientos.

El primer trámite que se debe poner en marcha es el de la Incapacidad Laboral Temporal (I.T.), si la persona afectada estaba trabajando y dada alta en el régimen de la Seguridad Social.

Se debe contactar con el médico de familia e iniciar la tramitación de la baja temporal.

Para el resto de las gestiones tendrá que pasar un tiempo aproximado de 6 meses. Hasta entonces no se considera que la persona pueda tener algún déficit permanente y por lo tanto no es posible realizar las valoraciones necesarias.

Una de estas gestiones es el grado de dependencia. En esta valoración se mide la dificultad para realizar en el entorno las actividades de la vida diaria y el apoyo y/o supervisión necesarios para llevarlas a cabo. Solicitar esta valoración supondrá el acceso a ayudas y/o recursos, (Centros de Día, Centros Residenciales, Ayudas económicas por cuidados en el entorno familiar, ayudas para rehabilitación, Servicio de Ayuda a domicilio…). La solicitud de esta valoración hay que presentarla en los servicios sociales locales, pertenecientes a los ayuntamientos. El trabajador social que corresponda, según el domicilio de empadronamiento, informará sobre qué requisitos, documentación y trámites debemos llevar a cabo.

El grado de discapacidad mide la limitación funcional, que puede ser física, psíquica, sensorial y/o intelectual. Son las Comunidades Autónomas las encargadas de realizar esta baremación, que se gradúa en porcentaje. En cada provincia hay Centros de Valoración llamados Centros Base. Este grado se debe solicitar en el momento en que los doctores nos digan que los daños sufridos podrían considerarse definitivos.

Según el grado con el que sea valorado se podrá acceder a ayudas económicas, como por ejemplo: tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, deducciones en la declaración de la renta, reconocimiento de familia numerosa, descuentos en centros deportivos y de ocio, Pensión No Contributiva,… (tecleando en un buscador de Internet “Centro base + la provincia donde resido” aparece la dirección a la que debes dirigirte para solicitar más información).

Cuando la persona que sufre daño cerebral ha perdido su capacidad de obrar y se encuentra incapacitada para tomar sus propias decisiones, se debe solicitar la Incapacitación Legal. Se tramita a través de las Fiscalías de Incapacidades. Es el Fiscal la persona encargada de acompañar en todo el proceso y el Juez quien determina en qué grado y qué persona debe ser tutor.

Este es un proceso reversible si la persona vuelve a recobrar su capacidad de obrar. Es sencillo encontrar la dirección de la Fiscalía que nos corresponde según el domicilio accediendo a la página www.mjusticia.es.

También existen algunos reintegros de gastos de material ortoprotésico (sillas de ruedas, andadores, férulas, etc.) a través de la Seguridad Social. Es conveniente que, antes del alta hospitalaria, se pida cita con el departamento de Trabajo Social del hospital o centro de salud.

Hay fundaciones, asociaciones, plataformas, centros y otros colectivos que llevan mucho tiempo trabajando y luchando por conseguir derechos y recursos para las personas que han sufrido daño cerebral sobrevenido. Los buscadores de Internet son un arma muy útil para esto. Escribiendo daño cerebral sobrevenido y la ciudad en la que residan se puede encontrar información al respecto.

Purificación Aparicio Jiménez. Trabajadora Social del Ceadac.

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